Últimamente me han preguntado acerca del tema de importación de vehículos 2003, por lo que les informo que el pasado 28 de diciembre de 2010, se publico en el DOF, el decreto por el cual se modifico el decreto de importación de vehículos originarios del TLCAN anterior publicado el 24 de diciembre de 2008, extendiendo la vigencia del decreto original (31/12/2010) hasta el día 30 de Junio del 2011, por lo que me gustaría comentar que dice el TLCAN:
“México podrá adoptar o mantener prohibiciones o restricciones a la importación de vehículos usados provenientes de territorio de otra de las Partes , con excepción de lo siguiente:
b) a partir del 1º de enero de 2011, México NO podrá adoptar ni mantener una prohibición o restricción a la importación de vehículos originarios usados, provenientes de territorio de Canadá o de Estados Unidos que tengan por lo menos 8 años de antigüedad;”
Por lo que el decreto (28/12/2010) antes citado no cuenta con los elementos necesarios para adoptar o mantener prohibiciones o restricciones a la importación de vehículos usados, siendo inconstitucional ya que el decreto tiene una jerarquia normativa inferior al TLCAN.
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